sábado, 30 de abril de 2016

POLITICA SOCIAL

¿QUE ES POLITICA SOCIAL?


La política social es definida como una forma de intervención a nivel macro y que parte del estado en función de lograr algún tipo de justicia dentro de la sociedad concordante al modelo de desarrollo definido por el mismo estado. Desde el marxismo aparece como un concepto a criticar, esto considerando que la política social tendría un objetivo de "legitimación del funcionamiento de la sociedad en especial en lo que se refiere a la explotación, dominación y predominio de una clase social sobre el resto de la sociedad" es decir la aplicación de la política social no soluciona el problema estructural sino que mantiene en status quo las demandas de las personas que sufren la explotación en espera de la satisfacción de sus necesidades por medio de la aplicación de la política, la que siempre da una solución paliativa pero no genera cambios en la sociedad.
Posturas ante la politica social que puede asumir el trabajador social

Analítico – crítico: Se comprende esta postura como la asumida por el profesional que cuestiona el modelo, haciendo la crítica constructiva a la política social que aplica en función de su perfeccionamiento y/o modificación. Lo que provoca retroalimentación constante que puede manifestarse tanto en aportes que contribuyan al perfeccionamiento de la política como en tensiones y crisis para asumir los cambios necesarios entrando en confrontación con los diseñadores y financistas de ésta.

Funcional – pragmático:   Opera en la implementación de la política social buscando su eficiencia dentro de las expectativas de orden preestablecidos

http://www.ubiobio.cl/cps/ponencia/doc/p14.5.htm


 DESARROLLO TERRITORIAL
        Es promover mediante un proyecto la inovacion, la integracion y concertacion de las instituciones de estado, del sector privado y la sociedad civil para el desarrollo sostenibel y competitivo de una determinado espacio territorial.
en ese espacio se promueve la innovacion de los procesos productivos, se logra la transformacion industrial se integra economica y social los subterritorios rural y urbano entre si y conel mercado  

¿Qué es Desarrollo Territorial?

No existe una definición única acerca de lo que suele entenderse por Desarrollo Territorial, más allá de señalar que se trata, naturalmente, del proceso que intenta lograr una mejora del ingreso y de las condiciones y calidad de vida de la gente que vive en un determinado ámbito territorial.

De todos modos, ya que Desarrollo Territorial no es la simple aplicación de políticas nacionales en los ámbitos provincial o municipal. El Desarrollo Territorial requiere que las estrategias sean elaboradas a partir de la movilización y participación activa de los actores territoriales. Por ello se subraya que se trata de una acción surgida “desde abajo”, no elaborada “desde arriba” por las instancias centrales del Estado o de la Provincia. El enfoque territorial se diferencia claramente de la mirada sectorial sobre la realidad, dotándose de una visión sistémica, esto es, que integra las diferentes dimensiones del desarrollo en un determinado ámbito territorial específico.

 El concepto de territorio y las dimensiones del desarrollo territorial 
En todo caso, el concepto de territorio al que nos referimos no es solamente el espacio geográfico en el que tienen lugar las actividades económicas o sociales. El territorio es el conjunto de actores y agentes que lo habitan, con su organización social y política, su cultura e instituciones, así como el medio físico o medioambiente del mismo. Se trata de un sujeto (o “actor”) fundamental del desarrollo, al incorporar las distintas dimensiones de éste, es decir, el desarrollo institucional, cultural y político, el desarrollo económico, el desarrollo sustentable ambientalmente, y el desarrollo social y humano.
 el punto de partida de cualquier estrategia de desarrollo territorial radica en el esfuerzo de movilización y participación de los actores locales que hay que lograr impulsar en un determinado territorio, a fin de fortalecer el capital social en el mismo, lo cual requiere actividades de fortalecimiento de los gobiernos locales, impulso de la cooperación público privada2 y de la coordinación eficiente de las diferentes instituciones públicas de los niveles central, provincial y municipal, así como entre los distintos departamentos sectoriales Economía, Industria, Agricultura, Trabajo, Turismo, Interior, etc.), y fomento de la cultura emprendedora local, con el fin de sentar bases sólidas para los procesos de innovación social y cultural que se plantean de forma integrada en la estrategia que se busca.



ANÁLISIS DE LA POLITICA SOCIAL DE EDUCACION EN GUATEMALA 


El fin de cualquier sistema educativo es el desarrollo integral de la persona. La naturaleza de un sistema educativo es compleja, abarcando aspectos variados que tienen que responder al perfil ciudadano y las necesidades del país.
 La Constitución Política de la República  de Guatemala en la Sección Cuarta, Artículos 71 al 81, se refiere a los derechos ciudadanos en referencia a la educación.
Artículo 71.- Derecho a la educación. Se garantiza la libertad de enseñanza y de criterio docente. Es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna. Se declara de utilidad y necesidad públicas la fundación y mantenimiento de centros educativos culturales y museos.
Este artículo se cumple porque cada niño del país tiene el derecho de asistir en la escuela.
Artículo 72.- Fines de la educación. La educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad y cultura nacional y universal.
Se declaran de interés nacional la educación, la instrucción, formación social y la enseñanza sistemática de la Constitución de la República y de los derechos humanos.
 Artículo 73.- Libertad de educación y asistencia económica estatal. La familia es fuente de la educación y los padres tienen derecho a escoger la que ha de impartirse a sus hijos menores. El Estado podrá subvencionar a los centros educativos privados gratuitos y la ley regulará lo relativo a esta materia. Los centros educativos privados funcionarán bajo la inspección del Estado. Están obligados a llenar, por lo menos, los planes y programas oficiales de estudio. Como centros de cultura gozarán de la exención de toda clase de impuestos y arbitrios.
La enseñanza religiosa es optativa en los establecimientos oficiales y podrá impartirse dentro de los horarios ordinarios, sin discriminación alguna.
El Estado contribuirá al sostenimiento de la enseñanza religiosa sin discriminación alguna. Este artículo casi no se cumple porque el gobierno no tiene un fondo fijo para el sistema de educación. Este artículo casi no se cumple porque el gobierno no tiene un fondo fijo para el sistema de educación.
Artículo 74.- Educación obligatoria. Los habitantes tienen el derecho y la obligación de recibir la educación inicial, preprimaria, primaria y básica, dentro de los límites de edad que fije la ley.
La educación impartida por el Estado es gratuita.
El Estado proveerá y promoverá becas y créditos educativos.
La educación científica, la tecnológica y la humanística constituyen objetivos que el Estado deberá orientar y ampliar permanentemente.
El Estado promoverá la educación especial, la diversificada y la extra escolar.
Este artículo no se cumple en su totalidad porque en algunos casos los niños no asisten en la escuela para poder ayudar a sus papas en forma económica, este articulo dice que el estado promoverá las becas para que los niños puedan estudiar pero en la actualidad no hay promoción de becas en las escuelas primarias no en todos, tampoco todos los adolescentes siguen estudiando a nivel básico solo se quedan  con la primaria, en áreas rurales los jóvenes y adolescentes muchos de ellos nisiquieran llegan a sexto primaria tampoco siguen estudiando en básico ni diversificado.
Artículo 75.- Alfabetización. La alfabetización se declara de urgencia nacional y es obligación social contribuir a ella. El Estado debe organizarla y promoverla con todos los recursos necesarios.
Artículo 76.- Sistema educativo y enseñanza bilingüe. La administración del sistema educativo deberá ser descentralizada y regionalizada.
En las escuelas establecidas en zonas de predominante población indígena, la enseñanza deberá impartirse preferentemente en forma bilingüe.
Artículo 77.- Obligaciones de los propietarios de empresas. Los propietarios de las empresas industriales, agrícolas, pecuarias y comerciales están obligados a establecer y mantener, de acuerdo con la ley, escuelas, guarderías y centros culturales es para sus trabajadores y población escolar.
Artículo 78.- Magisterio. El Estado promoverá la superación económica social y cultural del magisterio, incluyendo el derecho a la jubilación que haga posible su dignificación efectiva.
Los derechos adquiridos por el magisterio nacional tiene carácter de mínimos e irrenunciables. La ley regulará estas materias.
Artículo 80.- Promoción de la ciencia y la tecnología. El Estado reconoce y promueve la ciencia y la tecnología como bases fundamentales del desarrollo nacional. La ley normará lo pertinente.
Artículo 81.- Títulos y diplomas. Los títulos y diplomas cuya expedición corresponda al Estado, tiene plena validez legal. Los derechos adquiridos por el ejercicio de las profesionales acreditadas por dichos títulos, deben ser respetados y no podrán emitirse disposiciones de cualquier clase que los limiten o restrinjan.
Cada una de los artículos tiene una función muy importante para que se dé el cumplimiento o que se mejore la educación de la población de Guatemala, porque solo con la educación puede desarrollarse y que la población tengan un desarrollo de las personas que habitan
La Ley de Educación Nacional, Decreto Legislativo 12-91 estable la estructura del sistema educativo, y posteriores decretos y acuerdos han ampliado el funcionamiento del Ministerio de Educación, MINEDUC. Esta legislación tiene un rol muy importante en la educación porque en ella hay artículos para que fortalezcan la educación o que impulsan que los alumnos puedan tener una educación universal. El Consejo Nacional de Educación, CNE, formuló las políticas educativas, que entraron en vigor el 6 de diciembre del 2011, y basado en ellos está en desarrollo un plan nacional de educación oficial
TITULO II: SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL Capítulo VIII. Subsistema de Educación Escolar.
Artículo 28. Subsistema de Educación Escolar. Para la realización del proceso educativo en los establecimientos escolares, está organizado en niveles, ciclos, grados y etapas. La educación acelerada para adultos con programas estructurados en los curriculas establecidos y los que se establezcan, en forma flexible, gradual y progresiva para hacer efectivos los fines de la educación nacional.
Artículo 29. Niveles del Subsistema de Educación Escolar. El subsistema de Educación Escolar, se forma con los niveles ciclos, grados y etapas siguientes:
1er. Nivel EDUCACIÓN INICIAL
2do. Nivel EDUCACIÓN PREPRIMARIA
Párvulos 1, 2 y 3.
3er. Nivel EDUCACIÓN PRIMARIA
1o. a 6o. grados
Educación acelerada para adultos
Etapas 1a. a 4a.
4to. Nivel EDUCACIÓN MEDIA
Ciclo de Educación Básica
Ciclo de Educación Diversificada

TITULO IV: MODALIDADES DE LA EDUCACION
Capítulo III: Educación Especial
 
Artículo 47. Definición. La educación especial constituye el proceso educativo que comprende la aplicación de programas adicionales o complementarios a personas que presenten deficiencias en el desarrollo del lenguaje, intelectuales, físicos y sensoriales y/o que den evidencia de capacidad superior a la normal. Capítulo VI Educación Bilingüe
Artículo 58. Preeminencia. La educación, en las lenguas vernáculas de las zonas de población indígena, será preeminente en cualquiera de los niveles y áreas de estudio.
Capítulo VII Educación Física
Artículo 61. Derechos fundamentales. El Estado reconoce la práctica de la Educación Física como un derecho fundamental para todos, y como obligatoria su aplicación en todos los niveles, ciclos y grados del sistema educativo nacional, tanto en sus ámbitos de educación formal y extraescolar o paralela. Su diseño curricular se adecuará al tipo de organización de cada nivel, modalidad y región.

Decreto Número 42-2000 - Ley de Desarrollo Social Sección III Política de Desarrollo Social y Población en materia de educación.
 
Artículo 27. Educación. “Todas las personas tienen derecho a la educación y de aprovechar los medios que el estado pone a su disposición para su educación, sobre todo de los niños y adolescentes. La educación es un proceso de formación integral del ser humano para que pueda desarrollar en amor y en su propia cosmovisión las relaciones dinámicas con su ambiente, su vida social, política y económica dentro de una ética que le permita llevar a cabo libre, consciente, responsable y satisfactoriamente, su vida personal, familiar y comunitaria...”
Artículo 28. Incorporación y permanencia escolar. El Estado promoverá por medio del Ministerio de Educación, en coordinación con la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia y otras dependencias de Gobierno, la incorporación y permanencia escolar de niños y niñas como base de sustentación del desarrollo individual, familiar y social, evitando su incorporación temprana al mercado de trabajo en detrimento a sus derechos.
Decreto Número 81-2002 - Ley Educativa contra la discriminación
Artículo 2. Es función del Ministerio de Educación incluir en el proceso de Reforma Educativa el enfoque a la eliminación de la discriminación en todas sus formas: en el nuevo currículo, en los materiales educativos y en las acciones de Enseñanza-Aprendizaje.


Artículo 8. Utilización. En el territorio guatemalteco los idiomas Mayas, Garífuna y Xinka podrán utilizarse en las comunidades lingüísticas que correspondan, en todas sus formas, sin restricciones en el ámbito público y privado, en actividades educativas, académicas, sociales, económicas, políticas y culturales.
Artículo 13. Educación. El Sistema Educativo Nacional, en los ámbitos público y privado, deberá aplicar en todos los procesos, modalidades y niveles, el respeto, promoción, desarrollo y utilización de los idiomas Mayas, Garífuna y Xinka, conforme a las particularidades de cada comunidad lingüística.

Cada uno de estos artículos tiene como finalidad garantizar la educación de la población de Guatemala, que en la actualidad muchos de estos artículos no se cumplen porque el país de Guatemala tiene un nivel de pobreza muy bajo por tal razón muchos niños no están estudiando o no asisten a la escuela para que puedan tener un mayor desarrollo en el conocimiento, como también el gobierno de Guatemala no tiene un interés para mejorar el sistema de educación, como también no tiene fondo suficientes destinada a que los niños puedan  recibir una educación adecuada.
El país de Guatemala es un país muy rico en diversidad de culturas y etnias en donde sus habitantes tienen el derecho de gozar de una educación pluricultural y multiétnica, sin discriminación ninguna. Cada niño tiene el derecho de ser educado de acurdo a sus culturas y etnias dependiendo de su idioma tanto maya, xinca, garífuna y ladina.
¿Una política publica es propiedad única del sector público? No debe serlo. Aunque la burocracia fuese el ejecutor, la política pública afecta a toda la población, y en el caso de la educación, la población que esta en formación y la sociedad civil debe participar en su desarrollo, monitoreo y auditoria.

















POLÍTICAS PÚBLICAS








ÁREAS DE INTERVENCION DEL TRABAJADOR SOCIAL



Áreas profesionales de el/la trabajador social
1.    ASISTENCIAL. Mediante la detección y tratamiento psicosocial de las necesidades sociales individuales, grupales, familiares y de la comunidad, los trabajadores sociales gestionan los recursos humanos y organizativos, contribuyendo así a la administración de las prestaciones de responsabilidad pública, su distribución, y la protección de las poblaciones (se prefiere considerar al conjunto de la población pues se entiende que también la “clase media” puede necesitar de la ayuda de la profesionalidad del trabajo social), según los derechos sociales reconocidos y los que se puedan demandar o generar, pues se sabe que el derecho va detrás de la realidad, es decir se legisla sobre los hechos, no al contrario. En definitiva se entiende que la acción propia del trabajo social también puede ser fuente de nuevos derechos por el Estado social.



2.    PREVENTIVA. El trabajador social trata de adelantarse y prevenir la constante reproducción de la marginalidad, de la exclusión social, de la desafiliación, de la pobreza y de la desintegración social, fenómenos todos productos de la estructura del sistema económico capitalistas, fuente de desaliento, protesta y violencia social, afectando así a la convivencia ciudadana. En cualquier caso se considera importante incluir los factores de protección como elementos que contribuyen a la prevención, que parten de la potencialidad de la realidad con la que se interviene y por tanto constituyen una plataforma indispensable para evitar la aparición de problemas sociales o para reducir el riesgo de empeoramiento o cronificación. Cabe la posibilidad que dentro de la función preventiva las intervenciones se centren la en la reducción de daños y riesgos como un nivel mas amplio dentro de la prevención.


3.    PROMOCIONAL-EDUCATIVA. No se puede comprender la función de prevención sin una labor educacional que ayude a las personas y los grupos sociales a hacer uso de las oportunidades que existen a su disposición. Capacitarles para la toma de decisiones y asunción de responsabilidades. (Se considera una condición trasversal).



4. MEDIACIÓN en la resolución de los conflictos que afectan a las familias y los grupos sociales en el interior de sus relaciones y con su entorno social. Incluye también la relación entre las instituciones y la ciudadanía



5. TRANSFORMADORA. Mediante cualquier método de investigación o la investigación (pues se
entiende que éste es uno más de los métodos disponibles) el trabajador social aumenta su conocimiento para tratar de modificar las prácticas sociales que crean desigualdad e injusticia social y, por tanto, condicionan el desarrollo autónomo de los sujetos.


6. PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN (La primer no es posible sin la segunda y viceversa) en los macro y microsistemas mediante el diseño, el desarrollo y la ejecución de planes, programas y proyectos sociales. Así como con en nivel estratégico-prospectivo mediante la formulación de las políticas sociales de las comunidades autónomas y del país, tanto presentes como futuras.


7. REHABILITACIÓN. El trabajador social contribuye al bienestar y posibilita la integración social de aquellas personas y colectivos que por razones personales o sociales se encuentran en una situación de desventaja social.

8. PLANIFICACIÓN, ANÁLISIS DE PROCESOS SOCIALES Y NECESIDADES Y EVALUACIÓN. A partir del conocimiento y análisis de procesos sociales y necesidades, el trabajador social trabaja en la planificación y evaluación en los microsistemas mediante el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos sociales, así como en un nivel estratégico, contribuye a la formulación de políticas sociales autónomas, nacionales, europeas e internacionales.

9. GERENCIA Y ADMINISTRACIÓN.
El trabajador social trabaja en la gerencia y administración de los servicios sociales, mediante la organización, dirección y coordinación de los mismos.

10. INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA. El trabajador social estará obligado no sólo a la investigación inherente a las funciones señaladas sino a las que se relacionan con su propio trabajo profesional para revisarlo permanentemente y buscar nuevas formas de enfocar y afrontar los problemas vitales a que debe dar respuesta. A su vez, esos conocimientos acumulados y esas experiencias vividas habrá de ponerlas permanentemente a disposición de los colegas y, particularmente, de los futuros nuevos profesionales que aprenderán de los libros y de su trabajo personal tanto como de la relación directa en el propio campo de trabajo. Por otra parte, el trabajador social aumenta su conocimiento de la realidad social mediante la investigación para tratar de modificar las prácticas sociales que crean desigualdad e injusticia social y, por lo tanto, condicionan el desarrollo autónomo de los sujetos.

todoas las areas de intervencion del trabajador social son esenciales para que nosotros como trabajadores sociales desempeñemos nuestro labor